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Medidas Recomendadas para la Prevención de Sobredosis

April 1, 2019 - Harm Reduction - Information

El Departamento de Salud Anuncia las Medidas Recomendadas para la Prevención de Sobredosis

El Departamento de Salud de Nuevo México (NMDOH) anuncia once recomendaciones para continuar el progreso del estado abordando las tasas por sobredosis.

Las recomendaciones vienen del Concilio Asesor en la Prevención de Sobredosis y Manejo del Dolor de Nuevo México, compuesto por agencias estatales tales como NMDOH, cuerpos reguladores, y múltiples asociaciones profesionales médicas. El Concilio está a cargo de verificar el estado en los estándares en la prevención de sobredosis y el manejo del dolor y los esfuerzos educativos tanto para los consumidores como los profesionales en Nuevo México. También está a cargo de las recomendaciones para el manejo del dolor y guías clínicas.

NMDOH reportó en diciembre el Improvement in Drug Overdose Death Rankings, donde en un período de tres años, el rango por muertes por sobredosis en los Estados Unidos bajó del segundo lugar en 2014 al #17 más alto en 2017.

"Estamos orgullosos del progreso que Nuevo México ha hecho reduciendo el aumento en las tasas de muertes por sobredosis," dijo la Secretaria del Gabinete de Salud Kathy Kunkel. "Sin embargo, todavía hay mucho por hacer, no solo con los opioides, pero también con otras drogas, incluyendo benzodiazepinas y metanfetaminas."

Las recomendaciones del concilio cubren tres áreas importantes: entrenamiento, evaluaciones en las salas de emergencia, y aumento en la disponibilidad del medicamento Naloxona, que es utilizado para revertir sobredosis por opioides. 

El concilio recomienda que Naloxona sea obligatoria estar disponible en los programas de tratamiento de opioides y también para los pacientes después de haber completado el programa de tratamiento. También recomienda que cualquiera que sea liberado de un lugar de justicia criminal se le provea Naloxona al ser liberado y que sea distribuido abiertamente a los oficiales del cumplimiento de la ley, y en el futuro, distribuido a las personas en riesgo de sobredosis por opioides.

Las recomendaciones para entrenamiento se centran asegurando que los proveedores del cuidado médico quienes recetan opioides y benzodiazepinas reciban el entrenamiento apropiado.

Las recomendaciones para los departamentos de los hospitales de emergencia incluyen el evaluar a los pacientes sobre el trastorno del uso de sustancias cuando se cree que los pacientes tienen esta condición, ofreciendo aumento en el apoyo para la clínica ECHO del Centro del Ciencias de la Salud UNM, y que las organizaciones del Manejo del Cuidado Medicaid de Nuevo México se les requiera pagar por el manejo del dolor por quiroprácticos y naprapatas.

Las recomendaciones específicas del Concilio son las siguientes:

  • Las juntas que ofrecen las licencias en el cuidado de la salud deben adoptar las Guías para Prescribir Benzodiazepinas, desarrolladas y aprobadas por el Concilio Asesor.
  • Apoyar la posible asociación para la contratación de personal, estabilización y expansión del Centro de Ciencias de la Salud UNM para el Manejo del Dolor y la Extensión para Resultados del Cuidado de la Salud Comunitaria (ECHO).
  • El Departamento de Servicios Humanos debe buscar legislación requiriendo, en vez de permitiendo, a las Organizaciones para el Cuidad en el Manejo de Medicaid para el pago del manejo por los quiroprácticos y naprapatas.
  • Naloxona debe ser distribuida a los individuos al ser liberados de lugares de justicia criminal.  El requisito estatutario de la distribución de Naloxona a individuos al ser liberados de lugares de justicia criminal de ser contingente a "fondos y suplido de Naloxona en la agencia" debe ser eliminado.
  • Naloxona debe estar disponible a los pacientes durante y después de su participación en los programas para el tratamiento de opioides. Los programas para el tratamiento de opioides deben facilitar ésto. El requisito estatutario de la distribución de Naloxona a individuos en el tratamiento de desintoxicación o tratamiento de mantenimiento de ser contingente a "fondos y suplido de Naloxona en la agencia" debe ser eliminado.
  • Naloxona debe ser distribuida por los oficiales del cumplimiento de la ley a individuos quienes tienen experiencia con sobredosis por opioides o quienes están en riesgo de sobredosis por opioides. El requisito estatutario de la distribución de Naloxona por oficiales del cumplimiento de la ley de ser contingente a "fondos y suplido de Naloxona en la agencia" debe ser eliminado.
  • Detallistas dedicados y entrenados académicamente deben ser desplegados a través de Nuevo México para asistir a los proveedores con pacientes quienes reciben opioides y/o benzodiazepinas.
  • Las juntas que otorgan licencias a proveedores del cuidado médico deben incluir educación apropiada sobre benzodiazepina dentro de los requisitos en educación para dolor crónico.
  • El Departamento de Servicios Humanos de Nuevo México debe expandir las oportunidades para tratar el trastorno por el uso de metanfetaminas incluyendo todos los niveles de cuidado ASAM.
  • Autorización previa debe ser requerida para los productos mono-buprenorfina para los pacientes con Trastorno por el Uso de Opioides excepto para mujeres embarazadas.
  • Los hospitales y sus departamentos de emergencias deben evaluar a los pacientes en el trastorno por el uso de sustancias quienes son tratados y/o admitidos por la sospecha o confirmación del trastorno por el uso de sustancias.

English Version

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